
Cuatro directivos y ex directivos de FECOVITA –Rubén Panella, Eduardo Sancho, Jorge Irañeta y Juan Rodríguez– deberán presentarse el miércoles 5 de marzo, a partir de las 8.30, a la Unidad Fiscal de Delitos Económicos de Mendoza para recibir la notificación formal de su imputación por el delito de estafa, luego de que se rechazara la oposición que habían presentado en un último intento de evadir el proceso.
La jueza de Garantías Eleonora Arenas, al frente del Juzgado Penal Colegiado Nº 1, desechó todos los argumentos de la defensa y dio un paso clave para robustecer la causa que, desde octubre pasado, acusa a los directivos de FECOVITA de haber defraudado a la firma eslovaca Iberte y a la sociedad EVISA. Se trata de un delito contemplado en el artículo 172 del Código Penal, cuya pena puede alcanzar hasta seis años de prisión.
La Federación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas (FECOVITA) ya arrastraba cuestionamientos por otros hechos, como la imputación contra sus directivos por balances falseados en los períodos 2021, 2022 y 2023.
Tras rechazar las incidencias presentadas por la defensa, la jueza Eleonora Arenas dispuso que Eduardo Sancho, Rubén Panella, Jorge Irañeta y Juan Ángel Rodríguez comparezcan el 5 de marzo a las 8.30, 9, 9.30 y 10 hs respectivamente. En esa audiencia, recibirán la notificación formal de la imputación por estafa y podrán exponer sus argumentos.
El expediente Nº P–17.924/23 –“Fs. En Av. Estafa”– describe cómo, tras ofrecer a Iberte la creación de EVISA para impulsar negocios vitivinícolas, FECOVITA habría desviado unos $3.139 millones aportados por la firma española. Según la Fiscalía de Delitos Económicos e Informáticos, estos fondos nunca fueron aplicados al objetivo original de la nueva sociedad, sino que se redirigieron a cuentas de la federación bajo el concepto de “anticipos de productos”.
Panella, Sancho, Rodríguez e Irañeta
Pero los supuestos “productos” jamás habrían llegado a manos de Iberte o EVISA, pues FECOVITA no cumplió con la transferencia de Bodega Resero y otros bienes inmuebles en San Juan, ni aportó la maquinaria pactada. Por el contrario, en cuanto terminaron de recibir todo y dinero se obtuvieron las habilitaciones del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) y la AFIP, los directivos de la cooperativa abandonaron la sociedad, dejando a EVISA descapitalizada.
Uno de los aspectos más graves señalados por la Fiscalía es el presunto uso indebido de la confianza de los propios cooperativistas de FECOVITA. Les presentaron la asociación con Iberte como una “excelente oportunidad de capitalización a tasa 0%”, apelando a la buena fe de productores que desconocían la intención real de desviar los aportes al círculo interno de la federación.
De acuerdo con el Avoque de la Unidad Fiscal, la conducta desplegada por FECOVITA no solo habría perjudicado a Iberte y EVISA, sino que habría convertido a la propia base cooperativa en “cómplice involuntaria” de un plan diseñado para apropiarse del capital.
En un primer momento, la defensa de FECOVITA intentó caracterizar el conflicto como un choque comercial, alegando que la federación solo se había “replegado” por problemas con fletes o costos de producción. Sin embargo, la Fiscalía Nº 7 de Delitos Económicos advirtió que los hechos van más allá de un desacuerdo contractual y encajan de lleno en la figura de estafa que el Código Penal define como un engaño deliberado, precedido de abuso de confianza y destinado a lograr un desplazamiento patrimonial ajeno.
El escrito fiscal –citado en la imputación del pasado octubre– argumenta que: "Queda suficientemente aclarado que la posición FECOVITA es claramente deudora, aun aplicando las cláusulas sujetas a condición, las multas y los derechos de retención producto de los contratos de consignación. Ese punto clarifica el perjuicio causado, prima facie, como otro de los elementos del tipo objetivo, más allá del ardid, del incumplimiento, y de la disposición patrimonial perjudicial del co-contratante.”
La investigación apunta a que, mientras Iberte cumplía con su parte e inyectaba dinero para activar la flamante sociedad EVISA, los altos mandos de FECOVITA se habrían valido de mecanismos internos para redirigir esa liquidez “bajo el título de ‘anticipos’ que nunca se cristalizaron en la entrega de productos”. Una vez consolidada esa maniobra y habiéndose hecho del total de los fondos, se retiraron del proyecto, dejando a EVISA sin activos y al borde de la quiebra.
Entre las pruebas centrales figuran un informe pericial contable (fs. 1.643/1.662) y documentación que acredita cómo los directivos de FECOVITA tenían planificado capitalizar la cooperativa con fondos de Iberte sin asumir los compromisos firmados. Para la Fiscalía, esto representa un ardid claro que encajaría en la conducta punible descrita en el artículo 172 del Código Penal.