
El Tribunal Penal Colegiado N.º 1 de Mendoza confirmó la imputación por estafa contra los actuales y ex directivos de Fecovita, Rubén Panella, Eduardo Sancho, Jorge Irañeta y Juan Ángel Rodríguez, en el marco del acuerdo millonario con la firma Iberte. La resolución fue firmada por unanimidad por los jueces Horacio Cadile, Claudia Vallejo y David Magiafico, quienes rechazaron los planteos de nulidad de la defensa y destacaron la gravedad de las maniobras desplegadas por la cúpula directiva de la cooperativa.
El fallo aclara que el archivo inicial de la causa fue provisorio y que, ante la aparición de nuevas pruebas —como actas internas y una pericia contable— corresponde avanzar con la investigación penal.
Según expresó Carlos Aguinaga, abogado de Iberte y Evisa, "la sentencia concluyó que existen sospechas fundadas y consistentes de que los directivos de Fecovita simularon querer asociarse, pero en realidad diseñaron un esquema para obtener liquidez inmediata, sin intención de cumplir sus compromisos, lo que configura una estafa con perjuicio deliberado".
El fallo judicial coloca en el centro de la acusación dos actas clave del Consejo de Administración y de la Sindicatura de Fecovita, fechadas en febrero y abril de 2021. En ellas, los propios síndicos advertían que la cooperativa buscaba una capitalización a tasa cero a través del acuerdo con Iberte, a sabiendas de que no podría cumplir con la entrega pactada de productos.
Los jueces interpretan este accionar como un “ardid fraudulento”, señalando que los directivos sabían de antemano que el negocio era inviable en términos de cumplimiento.
Otro elemento fundamental para la imputación fue la pericia contable, que verificó que mientras Iberte cumplió con su aporte monetario, Fecovita nunca entregó los bienes comprometidos. Además, no se encontró ninguna causa comercial o contractual verosímil que justifique el incumplimiento. Ni siquiera el perito de parte pudo desmontar este argumento.
Esto llevó al Tribunal a considerar que la conducta de Fecovita excede el incumplimiento contractual y se configura como un fraude deliberado.
Para la Cámara, el acuerdo con Iberte no tenía como finalidad la creación de la empresa EVISA, como sostuvieron los imputados, sino que constituyó un mecanismo para inyectar liquidez directa y gratuita a Fecovita, disfrazando la operación bajo una estructura societaria ficticia.
Entre las conductas señaladas como indicios de fraude se destaca la negativa a firmar la escritura traslativa de dominio de la Bodega Resero, así como la falta de gestiones para habilitar la operatividad de EVISA.
Con esta resolución, la causa regresa al juzgado de origen con todos los actos procesales confirmados, entre ellos el desarchivo del expediente, el decreto de avoque y la imputación formal. Además, se abre la posibilidad de ampliar las pericias, especialmente sobre los flujos de caja de Fecovita, para determinar el destino de los fondos recibidos.
La sentencia señala un “patrón inequívoco” en el comportamiento de los acusados: simularon un acuerdo para obtener liquidez y acceso a mercados sin contar con el stock necesario para cumplir con su contraprestación.
Carlos Aguinaga subrayó que esta causa no se trata de un simple conflicto contractual. “Fecovita es deudora de Iberte y no estamos ante un incumplimiento comercial, sino frente a un ardid estafatorio desde el inicio”, declaró.
Además, buscó llevar tranquilidad a los socios cooperativos: “Queremos que los productores sepan que también fueron engañados, y que nuestra intención es que el crédito no afecte sus bienes. Todo volverá en acciones de bien común, incluso a favor de ellos”.