por Redacción Mendoza Económico
La velocidad con que el Poder Judicial reaccionó ante la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei no registra antecedentes cercanos en la Argentina reciente. A menos de un mes de su entrada en vigencia, la Ley 27.802, presentada como eje de la “modernización laboral”, quedó parcialmente neutralizada por una batería de decisiones judiciales.
El cuadro es elocuente: una medida cautelar que suspende 82 artículos, frenos adicionales en la justicia federal, declaraciones de inconstitucionalidad en distintas jurisdicciones y un conflicto de competencia aún abierto entre tribunales.
El resultado es un escenario jurídico fragmentado, donde la ley no está plenamente vigente ni tampoco anulada. Y, sobre todo, donde los tiempos de resolución definitiva se proyectan a años vista.
El golpe más contundente provino del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, a cargo del juez Horacio Ojeda, que hizo lugar a una cautelar presentada por la CGT.
La resolución suspendió una porción sustancial de la norma, incluyendo artículos clave del régimen individual y colectivo del trabajo, así como todo el esquema del Fondo de Asistencia Laboral.
El fallo no resuelve el fondo del litigio, pero introduce un freno inmediato. Para dictarlo, el magistrado consideró dos requisitos centrales:

La CGT logró en la Justicia un importante freno a la reforma laboral
Entre los puntos más sensibles alcanzados por la cautelar se encuentran modificaciones estructurales del derecho laboral argentino:
En el plano colectivo, también quedaron suspendidas:
Uno de los puntos más críticos del fallo fue el análisis del Fondo de Asistencia Laboral, eje conceptual de la reforma en materia de despidos.
El juez sostuvo que el mecanismo diluye la responsabilidad individual del empleador, al reemplazar la indemnización tradicional por un sistema colectivo. Esto, según el razonamiento judicial, reduce el efecto disuasorio frente al despido arbitrario.
Además, advirtió que el sistema podría no garantizar una reparación adecuada al trabajador, entrando en tensión directa con la protección constitucional del trabajo.
El riesgo institucional también fue señalado: si el fondo comenzara a operar y luego fuera declarado inconstitucional, el impacto sería difícilmente reversible.
La cautelar obtenida por la CGT es solo una parte del entramado judicial.
En paralelo:
Este mosaico de decisiones refuerza la idea de una reforma judicialmente fragmentada y disputada en múltiples frentes.
A diferencia de las cautelares, algunos tribunales avanzaron sobre el fondo de la cuestión.
Los artículos 55 y 56, que introducen cambios en la actualización de créditos laborales y habilitan el pago en cuotas de sentencias, ya fueron declarados inconstitucionales en distintas jurisdicciones, incluyendo:
Sin embargo, no existe un criterio uniforme: otros juzgados convalidaron las normas o evitaron pronunciarse, lo que profundiza la incertidumbre jurídica.
El Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, anunció la apelación del fallo. El Gobierno sostiene que la reforma es una herramienta clave para la generación de empleo formal y destaca su aprobación legislativa.
El caso pasará ahora a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, instancia que deberá definir si mantiene, amplía o revoca la suspensión.
Desde el sindicalismo, la lectura es opuesta. La CGT celebró la resolución y la interpretó como un reconocimiento de un riesgo concreto de pérdida de derechos laborales.
El escenario que se abre es de largo plazo. La experiencia argentina indica que estos procesos pueden extenderse durante años.
Como referencia, la Ley de Riesgos del Trabajo tardó casi una década en ser declarada inconstitucional por la Corte Suprema. Más recientemente, el DNU 70/2023 sigue sin una definición final del máximo tribunal.
En ese contexto, la reforma laboral queda en una situación ambigua:
no está derogada, pero tampoco plenamente vigente en sus aspectos centrales.