La economía real no es la red social de Elon Musk, ni tampoco el relato que su entorno le cuenta Javier Milei, ni mucho menos la ficción que este crea para sus disertaciones en ámbitos siempre favorables. Tal es así qué en la desesperación por recaudar y frenar la salida de dólares Luis Caputo decidió un nuevo impuestazo para los Bopreal y el giro de dividendos al exterior que anunció el BCRA la pasada semana
Así, sorpresivamente en la jornada de hoy el Ministerio de Economía anunció una modificación del impuesto PAIS para la compra de dólares destinados a giros de utilidades y dividendos, así como a la repatriación de inversiones generadas por no residentes.
El decreto 385/2024 incorpora nuevas operaciones al "Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)" y desde hoy alcanza a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos, así como para la repatriación de inversiones generadas por no residentes en el país desde el 1° de septiembre de 2019.
Otro aspecto relevante de la modificación es la inclusión de las suscripciones en pesos de "Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre" (BOPREAL), emitidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), dentro del alcance del impuesto PAÍS. Estas suscripciones estarán sujetas al impuesto en los casos de pago de utilidades y dividendos, así como para la repatriación de inversiones de no residentes.
Para estos casos la alícuota quedó fijada en el 17.5% el pago del impuesto estará a cargo de quien realice la operación, debiendo actuar como agente de percepción y liquidación la entidad autorizada para operar en cambios por el Banco Central a través de la cual se realice la operatoria de que se trata, en el momento de efectivizarse la operación cambiaria.
También se aclaró que La suscripción en pesos de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) emitidos por el Banco Central o de aquellos bonos o títulos que esa institución emita en el futuro con igual finalidad, por parte de quienes los adquieran en concepto de: pago de utilidades y dividendos, en los términos que disponga el BCRA en el marco de la normativa de acceso al mercado libre de cambios y/o repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019, inclusive, en los términos que disponga el BCRA.