18/09/2026 - Edición Nº898

Política

Mas blanqueo

Inocencia Fiscal II: qué cambia para los ahorristas y los controles de ARCA

18/09/2026 | Inocencia Fiscal II amplía el acceso al régimen simplificado y limita las impugnaciones de ARCA para atraer dólares al sistema. Qué cambia y qué falta resolver.


por Marcelo López Álvarez


El Gobierno consiguió la sanción de Inocencia Fiscal II, una de sus apuestas para incorporar al sistema financiero los ahorros que permanecen fuera del circuito formal. Con 44 votos a favor y 23 en contra, el Senado aprobó este jueves la reforma, respaldada por La Libertad Avanza, PRO, UCR y bloques provinciales. La norma modifica el esquema vigente desde diciembre de 2025 y procura dar mayores garantías a quienes decidan exteriorizar sus fondos.

La revisión responde a las objeciones que contadores y especialistas tributarios habían transmitido al ministro de Economía, Luis Caputo. Durante meses advirtieron que las incertidumbres de la primera ley podían desalentar la declaración de capitales. Después de varios encuentros, el equipo económico impulsó los cambios para favorecer el ingreso de esos recursos, con la intención de reactivar la economía e incentivar el mercado de capitales. El Gobierno estima que hay más de 170.000 millones de dólares fuera del sistema financiero.

Acceso más amplio y restricciones para funcionarios

Una de las modificaciones centrales elimina los límites de ingresos y patrimonio para acceder al Régimen Simplificado de Ganancias. La supresión de esos topes amplía el universo de contribuyentes habilitados, aunque mantiene restricciones para funcionarios públicos: legisladores, jueces, ministros y el Presidente de la Nación quedan excluidos, al igual que quienes hayan ocupado cargos públicos durante los cinco años anteriores.

Luis Caputo ya tiene su segunda versión de Inocencia Fiscal
Luis Caputo ya tiene su segunda versión de Inocencia Fiscal

Los límites a la fiscalización

El núcleo técnico de la reforma redefine la denominada “discrepancia significativa”, el criterio que permite a ARCA cuestionar una declaración presentada bajo el régimen simplificado. El propósito es evitar que diferencias menores provoquen la pérdida de los beneficios.

Para una de las causales, la ley combina un umbral porcentual del 15% con un piso equivalente al 5% del Monto Objetivo de Punibilidad (MOP) del Régimen Penal Tributario. Así, aun cuando la diferencia alcance aquel porcentaje, no configurará una discrepancia significativa si no supera ese mínimo. Según el tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, la corrección elimina situaciones en las que una diferencia de apenas un peso podía comprometer la permanencia en el régimen.

Queda pendiente, sin embargo, precisar qué valor del MOP corresponde aplicar: el vigente al cierre del período fiscal o el de la fecha de presentación de la declaración jurada. Esa definición deberá llegar con la reglamentación.

La reforma también deja de considerar la disminución del saldo a favor y mantiene como parámetros el incremento del impuesto determinado y la reducción de quebrantos. A la utilización de facturas o documentos apócrifos suma el cómputo improcedente de retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos.

Un plazo para corregir diferencias

Otra modificación abre una instancia para corregir diferencias sin perder automáticamente los beneficios. Cuando ARCA notifique una liquidación administrativa o una determinación de oficio, el contribuyente contará con 15 días hábiles para presentar una declaración jurada rectificativa y cancelar o regularizar el saldo resultante. Desde SDC advierten, no obstante, que esa posibilidad puede llevar a aceptar el criterio fiscal, aun sin compartirlo, para conservar la protección del régimen.

Las pruebas que deberá aportar ARCA

Hasta el 31 de diciembre de 2027, además, se amplían las restricciones al uso de presunciones. Determinados indicios no podrán constituir el único fundamento de una impugnación: deberán corroborarse con la información declarada o disponible en los sistemas del organismo.

La carga de probar una discrepancia significativa recaerá exclusivamente sobre ARCA. Para ello deberá utilizar lo informado por el contribuyente, los datos de sus sistemas o los aportados por terceros. La disposición ya figuraba en la reglamentación y ahora adquiere rango legal.

El patrimonio y la confianza

En Bienes Personales, los fondos utilizados se considerarán incorporados al patrimonio el día de la operación. El cambio busca impedir que ARCA los atribuya automáticamente a períodos anteriores y reclame el impuesto correspondiente, una de las dudas que había generado el esquema original.

Domínguez evaluó que las modificaciones acercan el régimen a su objetivo de “captar ahorro informal y mejorar el cumplimiento voluntario”. Entre las correcciones destacó también la restitución de beneficios frente a impugnaciones en sede administrativa o judicial. Persisten, según señaló, cuestiones pendientes sobre los ajustes por Impuestos Internos y por el impuesto a las salidas no documentadas.

El debate político y la respuesta de los ahorristas

El debate parlamentario expuso las diferencias políticas. Patricia Bullrich sostuvo que la inflación, la hiperinflación y el cepo habían llevado a los argentinos a proteger sus ahorros fuera del circuito financiero por desconfianza en el Estado. Desde el peronismo, José Mayans calificó la reforma como “un desastre” y afirmó que favorece a evasores. Otros senadores opositores reclamaron extender las exclusiones a todas las personas políticamente expuestas.

La sanción permite al Gobierno avanzar con su estrategia, pero la respuesta de los ahorristas dependerá de condiciones que exceden la letra de la ley. Domínguez vinculó una eventual adopción masiva con las expectativas sobre inflación y tipo de cambio, además de la continuidad de la política de reducción de la presión fiscal. La posibilidad de que un cambio político revierta ese rumbo y aumente la carga tributaria seguirá, según su análisis, entre los factores que pesarán al decidir si los dólares salen del colchón.