13/10/2026 - Edición Nº923

Política

Zona Gris

Escáner del Puerto Seco de Mendoza: cuestionan el cobro de USD 330 por operación

13/10/2026 | La diputada Gabriela Lizana pide saber quién autorizó los USD 330 por escaneo en el Puerto Seco de Mendoza, con qué norma y cómo se calculó la tarifa.


por Redacción Mendoza Económico


El cobro de 330 dólares por operación para la verificación de cargas mediante el escáner instalado en el Puerto Seco de Mendoza abrió un debate sobre los costos que deben afrontar las empresas que participan del comercio exterior provincial. La diputada Gabriela Lizana reclamó que se esclarezca quién autorizó la tarifa, cuál es su fundamento legal y qué criterios económicos se utilizaron para establecer ese importe.

La controversia adquiere relevancia para una provincia cuya actividad productiva depende, en buena medida, de la logística y del transporte internacional, particularmente a través del corredor que conecta Mendoza con Chile.

El cuestionamiento no está dirigido a la incorporación de tecnología para mejorar los controles aduaneros, sino a las condiciones económicas bajo las cuales se presta el servicio y a la necesidad de determinar si se trata de una prestación logística adicional o de un control aduanero obligatorio.

Esta distinción resulta fundamental porque permite establecer qué organismo tiene competencia para autorizar el cobro y qué normativa corresponde aplicar.

Dos pedidos de informes que siguen sin tratamiento

En agosto, Lizana presentó ante la Legislatura provincial los expedientes E-88347 y E-88403, mediante los cuales solicitó información sobre la adquisición, instalación y funcionamiento del escáner, las autorizaciones administrativas correspondientes y el cargo identificado como “Verificación C. RX”, cuyo importe asciende a USD 330 por operación.

Según informó la legisladora, ambos proyectos permanecen sin avances en las comisiones legislativas.

“Estamos hablando de un costo que incide directamente en la competitividad de las empresas mendocinas que exportan e importan. Lo que pedimos es muy concreto: saber quién autorizó ese cobro, en qué norma se fundamenta y cómo se determinó la cifra de 330 dólares”, sostuvo Lizana.

El reclamo apunta a obtener la documentación administrativa y económica que permita conocer cómo se estableció el precio, quién es responsable de su aplicación y bajo qué condiciones deben abonarlo los operadores.

La cuestión excede la discusión sobre el valor de un servicio. Cuando una tarifa se incorpora a los costos del comercio exterior, su impacto puede trasladarse a las empresas exportadoras e importadoras, especialmente a aquellas que operan con márgenes reducidos o deben afrontar sucesivos gastos de transporte, almacenamiento y tramitación aduanera.

Gabriela Lizan pide explicaciones por los costos del scaner del Puerto Seco
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La modernización del corredor internacional

El planteo de Lizana se produce en momentos en que Mendoza busca avanzar en nuevas condiciones operativas para el transporte internacional de cargas.

El pasado 6 de octubre, el Senado provincial aprobó la Resolución N.º 401, que solicita evaluar la habilitación del denominado Circuito Operativo Mendoza, Uspallata y Libertadores, contemplando la incorporación del escáner del Puerto Seco.

La iniciativa apunta a mejorar el funcionamiento del sistema de control de cargas y facilitar las operaciones vinculadas con el comercio entre Argentina y Chile.

Para la legisladora, los objetivos de modernización deben ir acompañados de reglas claras respecto de los costos que deberán asumir los operadores privados.

“Es fundamental mejorar los controles aduaneros, agilizar el comercio con Chile y reducir los tiempos de espera. Sin embargo, esta modernización debe ir acompañada de absoluta transparencia en los costos que afrontan nuestros operadores de comercio exterior”, señaló.

La discusión presenta dos dimensiones que deberían analizarse de manera conjunta. Por un lado, la necesidad de incorporar tecnología que agilice las operaciones y fortalezca los controles. Por otro, la obligación de establecer condiciones transparentes para financiar y prestar esos servicios, evitando que los nuevos procedimientos agreguen costos cuya justificación no sea conocida por los usuarios.

¿Un servicio adicional o un control obligatorio?

Uno de los principales interrogantes es la naturaleza jurídica del cobro.

Lizana planteó que resulta indispensable determinar si el escaneo constituye una prestación logística adicional, que puede estar sujeta a determinadas condiciones comerciales, o si corresponde a un procedimiento de control aduanero obligatorio.

“Necesitamos determinar si estamos ante un servicio logístico adicional o ante un control aduanero obligatorio. No es una diferencia menor: de esa calificación depende qué normativa resulta aplicable y qué organismo tiene la facultad de autorizar su cobro”, explicó.

La diferencia no es simplemente administrativa. Si el procedimiento constituye una exigencia para realizar determinadas operaciones de comercio exterior, corresponde esclarecer con qué fundamento se impone el cargo y qué autoridad tiene atribuciones para establecerlo.

Esto no significa que el cobro sea necesariamente irregular. De hecho, la diputada aclaró que sus iniciativas no prejuzgan sobre su legalidad, sino que buscan acceder a los antecedentes necesarios para evaluarlo.

Hasta tanto se conozca esa documentación, la justificación jurídica y económica de la tarifa continúa siendo el punto central del reclamo legislativo.

Reclaman la intervención de organismos públicos y operadores privados

Ante la falta de tratamiento de sus proyectos, Lizana solicitó que las comisiones de Economía y de Legislación y Asuntos Constitucionales avancen con los expedientes presentados.

También propuso convocar a una reunión informativa con autoridades del Ministerio de Producción de Mendoza, el Instituto de Desarrollo Industrial, Tecnológico y de Servicios (IDITS), representantes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y actores del sector logístico y del comercio exterior.

El objetivo sería reunir a los organismos y sectores involucrados para conocer los antecedentes administrativos, las condiciones operativas y los fundamentos que respaldan la tarifa cuestionada.

La información solicitada permitiría establecer si el importe responde a los costos de funcionamiento del equipamiento, a un esquema de recuperación de inversiones o a otras condiciones de prestación del servicio.

Por el momento, esos elementos no surgen de la información difundida por la legisladora.

El interrogante sobre los costos de exportar

El conflicto introduce una discusión más amplia sobre los costos asociados a la infraestructura y los servicios que utilizan las empresas mendocinas para colocar sus productos en los mercados externos.

El equipamiento tecnológico puede contribuir a reducir tiempos de inspección y mejorar la eficiencia de los controles, pero sus beneficios económicos dependen también de las tarifas aplicadas y de las condiciones efectivas de operación.

Una modernización que reduce demoras, pero incorpora nuevos cargos, requiere evaluar el resultado económico final para quienes utilizan el sistema.

Para las empresas exportadoras, especialmente aquellas que necesitan utilizar regularmente el transporte terrestre hacia Chile, cada costo adicional forma parte de una estructura logística que incide en la competitividad de sus productos.

Por eso, el debate sobre los USD 330 no se limita a la discusión de una tarifa puntual. También plantea la necesidad de contar con procedimientos transparentes y previsibles para establecer los costos de los servicios vinculados con el comercio exterior.

“Modernizar los controles es prioritario, pero saber quién paga, cuánto paga y por qué motivos también lo es. Lo que corresponde ahora es que la Legislatura debata estos pedidos y que los organismos responsables aporten la documentación correspondiente”, concluyó Lizana.

El interrogante sigue abierto: quién autorizó el cobro, cómo se calculó su importe y qué respaldo normativo tiene. Las respuestas serán necesarias para determinar si la tarifa se ajusta a las condiciones legales y económicas que deben regir el funcionamiento del escáner del Puerto Seco de Mendoza.


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